¿Es posible denunciar anónimamente ante la Inspección de Trabajo?

Como bien sabemos la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a partir de ahora (ITSS) es un órgano administrativo dependiente de la Subsecretaria de Trabajo e Inmigración responsable del servicio público de control y vigilancia del cumplimiento de las normas de orden social que incluye los servicios de exigencia de las responsabilidades administrativas pertinentes en que puedan incurrir empresas y trabajadores.

La ITSS se vale de un cuerpo de funcionarios para hacer práctica tal vigilancia, compuesto tanto de Inspectores de Trabajo como de Subinspectores, cuya habilitación se circunscribe a todo el territorio nacional.

Después de esta breve introducción, vamos a dar respuesta a la pregunta cuyo tema figura en el título de la publicación.


¿Es posible tramitar una denuncia ante la ITSS de forma anónima? ¿Podrá el infractor conocer que fui yo el que lo denuncié?
En primer lugar y por hacer referencia a la tramitación de la denuncia, debemos tener presente que el artículo 13.2 de Ley 42/1997, de 14 de noviembre (Ley ordenadora de la Inspección de Trabajo), impide la tramitación anónima de todas las denuncias. Así se extrae de su literalidad:

"No se tramitarán las denuncias anónimas, las que se refieran a materias
cuya vigilancia no corresponda a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, las que manifiestamente carezcan de fundamento ni las que coincidan con asuntos de los que esté conociendo un órgano jurisdiccional."


Por lo que además de no tramitarse aquellas que sean interpuestas por alguien que no se identifique, tampoco lo harán las que carezcan de fundamento, ni las que coincidan con asuntos de los que ya está tratando un juez.

Pero esto no supone un impedimento para mantener en el anonímato al denunciante frente al denunciado, ya que los Inspectores y Subinspectores tienen el deber de considerar confidencial el origen de las denuncias, estando obligados a no revelar la identidad de los denunciantes a las empresas objeto de inspección.

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